La DGT obliga desde hoy a llevar esto en el vehículo

La mayoría de los conductores temen a las multas por exceso de velocidad, las más comunes, sin embargo muchos conductores desconocen que pueden estar exponiéndose a otras multas por descuidar algunos aspectos a la hora de ponerse a circular.

Estas son las reformas en la Ley de Tráfico para 2023:

MUY GRAVES

  • Usar dispositivos de intercomunicación no autorizados en exámenes para obtener o recuperar el carné de conducir.
  • Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes
  • Incumplir las normas sobre auxilio en las vías públicas y sobre el uso de alcoholímetros antiarranque.

GRAVES 

  • Parar o estacionar en carriles o vías ciclistas
  • Llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros. En otras palabras, basta simplemente con tenerlos.
  • Conducir teniendo el permiso suspendido como medida cautelar
  • Que motoristas o ciclistas usen el teléfono móvil sujetándolo con una mano o ajustándolo entre la cabeza y el casco.

LEVES 

  • Incumplir la obligación de estar “en todo momento” en condiciones de controlar el vehículo.
  • Que los ciclistas incumplan normas de seguridad vial que no sean graves o muy graves.

DOCUMENTOS INDISPENSABLES

Tres documentos, el permiso de conducir, el permiso de circulación y la tarjeta de la ITV. Respecto al carné de conducir ya no será obligatorio mostrarlo de manera física, sino que también se podrá hacer de manera digital, a través de la app miDGT. Llevar estos 3 documentos, originales o compulsados, es imprescindible siempre que conduzcas, ya que será lo primero que te pida un agente si te para o te ves involucrado en un incidente. Recuerda que desde 2008 no es obligatorio llevar en el coche la póliza del seguro ni el recibo del último pago.

Fuente: https://www.laprovincia.es/sociedad/2023/01/31/nuevo-control-total-planea-dgt-dvj-77195646.html

DGT LEY TRAFICO

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