El no llevarla conlleva una multa de 100 euros, pero hay algunos desplazamientos donde quedamos exentos de utilizarla.
La Comunidad de Madrid ha aprobado la obligatoriedad de llevar esta protección facial incluso cuando se pueda mantener la distancia de seguridad. Entonces, ¿Deben ponérsela todos los ocupantes del vehículo? La respuesta es no, dependiendo del caso.
- Cuando hay un único ocupante, ya sea de dos o cuatro ruedas el vehículo, puesto que no hay riesgo de que se contagie o pueda contagiar a otro pasajero. También señalar que los desplazamientos en patinete o bicicleta deben realizarse con esta protección, aunque viaje una única persona en estos vehículos.
- Menores de seis años. Los menores de esta edad pueden prescindir de ella, aunque es recomendable también para los pequeños de entre 3 y 5 años.
- Personas convivientes. Familiares y amigos que residen en domicilios distintos deberán utilizar este accesorio.
- Prescripción médica. Los agentes tampoco sancionarán a quienes tienen una enfermedad o dificultad respiratoria que empeora con su uso.
Causa fuerza mayor donde además de los citados casos, puede darse una situación de emergencia que justifique el hecho de no llevar la mascarilla.
Fuente: AECA-ITV. La Vanguardia